
La autoridad municipal ha venido afrontando el proceso de vacancia por la causal de nepotismo, contemplada en el artículo 22 numeral 8 de la ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. La solicitud de vacancia fue presentada, el 28 de noviembre de 2017, por Willy Guido Ramos Alanoca.
Entre tanto, Pablo Chambi Puma, alcalde vacado y con visbles síntomas de preopupación manifesTó que asumirá su defensa, apelando la desición del concejo en plazo que establece la LOM.
Según establece la 27972 (LOM), Chambi Puma tiene 15 días hábiles para promover su recurso de reconsideración a la mejestad del concejo y este deberá pronunciarse en un plazo de 3 días hábiles; finalmente, deribarse el acuerdo de concejo al Jurado Nacional de Elecciones y el JNE resolver el hecho en un plazo de 30 días, siendo de caracter inapelable y con lusiva la desición del organo electoral.
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